ESTRATEGIA PARA MINIATURIZAR A LAS FF.AA. COMIENZA CON ELIMINACIÓN DE JUSTICIA MILITAR

Lo que hay detrás del proyecto para reemplazar a los jueces militares por jueces civiles
Enrique Quiroga Carmona (*)
No bien nombraron a los nuevos vocales del Tribunal Supremo Militar Policial, en aplicación de lo dispuesto por la ley 29182, comenzaron los ataques contra la Justicia Militar, provenientes de los mismos francotiradores históricos, que han logrado desestabilizarla peligrosamente, gracias a las sentencias absolutamente politizadas del Tribunal Constitucional (TC), algunos de cuyos magistrados son personas procedentes de la izquierda intransigente, y otros que sin provenir de esas canteras, por alguna razón que no llegamos a entender, ya que algunos son incluso apristas, se alinean o sucumben a las grandes presiones internas que existen en ese Tribunal, originadas básicamente por el personal de abogados que labora en esa entidad, que son en medida importante, personas vinculadas a la extrema izquierda, y al caviarato.
Uno de los objetivos claves de esos grupos de izquierda, es la captura del TC, e igualmente hacerlo cada día más poderoso, lo que están logrando, al extremo de haber pretendido imponerle al Poder Legislativo textos legales (cuya facultad no tiene) como ocurrió precisamente con una de las sentencias relacionadas con la Justicia Militar, que establecía, además, plazos de cumplimiento para el Congreso de la República para modificar la ley vigente en esa oportunidad, y de "rebeldía legislativa" en caso de un supuesto incumplimiento.
Seguramente en relación con este y otros aspectos, es que el último ex Presidente de la Corte Suprema Dr. Francisco Távara Córdova, se refirió en alguna oportunidad a la peligrosa pretensión de concentración del poder por parte del Tribunal Constitucional, que se sentía el "non plus ultra" de la justicia en el Perú, señalando así mismo, que un país puede muy bien conducirse jurídicamente, sin la existencia de dicho colegiado.
La estrategia para destruir o miniaturizar a las FFAA venida de ultramar, y que por cierto no ha sido concebida únicamente para el caso peruano, comienza con la Justicia Militar, tal como viene ocurriendo en la Argentina, en donde la han desaparecido totalmente, con el mismo señalado propósito que en el Perú. Muy sencillo, se dieron cuenta (lo que aquí muchos de los no caviares no terminan de advertir) que impidiendo la aplicación de sanciones en el ámbito militar, no puede existir disciplina, y que sin disciplina no hay FFAA.
Ámbito del CNM
La disciplina ha sido definida en el mundo como "LA COLUMNA VERTEBRAL DE LOS EJÉRCITOS". Por eso, para culminar exitosamente esta estratagema, resulta necesario a este fin, eliminar de manera absoluta a los jueces militares, incluyendo a aquellos que son abogados con grado militar, para ser reemplazados por abogados civiles, que como ocurre en el Poder Judicial, conocen muy poco de la vida y los problema militares, incurriendo por ello en graves errores. Uno de ellos, entre otros muchos, es precisamente CHAVÍN DE HUÁNTAR.
El pretexto que ahora esgrimen estos grupos como razón, para que se declare por el TC la inconstitucionalidad de la ley 29182, es que el nombramiento de los magistrados del mencionado Tribunal Militar Policial, tiene que ser efectuado por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), razonamiento inconsistente que aparece ya, en las sentencias sobre esta materia del TC, y con el que han logrado anteriormente, seducir a algunas organizaciones incluso del Estado, para que actúen en contra de una auténtica Justicia Militar Policial. Este argumento es definitivamente falso, no solo porque la Constitución Política señala de manera clara e indubitable la independencia de la Justicia Militar de los demás órganos que tienen que ver con la administración de justicia en el país, sino porque la propia ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura (Ley 26397, y su modificatoria la ley 28489)) lo señala así, de manera reiterada.
Resulta realmente frustrante y decepcionante ver la forma grosera como estos grupos pretenden tergiversar el texto de la Constitución Política y de las leyes, para dar paso a propósitos ocultos y sagazmente disimulados, pero sin lugar a dudas, orientados a la destrucción de nuestras FFAA.
Sostener que el citado nombramiento de los magistrados del Tribunal Militar Policial, tiene que ser efectuado por el Consejo Nacional de la Magistratura, es actuar conscientemente en contra de su ley Orgánica, ya que esta es meridianamente clara, en que su ámbito está referido únicamente al Poder Judicial y al Ministerio Público.
Si alguna duda pudiera existir, basta con una simple lectura entre otros, de los artículos, 21 Incisos b) y c); Art. 22 Incisos. a) y c); Art. 33; Art. 42 y Sexta Disposición Transitoria y Final. En todos estos numerales, la referencia es exclusiva para el Poder Judicial y el Ministerio Público, y mencionadas de esa manera.
No hay ninguna referencia porque no podría haberla, al Fuero Militar Policial. Fatalmente y a pesar de la siniestra y evidente intención que existe sobre el particular, algunos de nuestros compatriotas no llegan a percatarse que el tema constitucional y jurídico que se viene utilizando es solo un disfraz, y de mala calidad.
Uno de los objetivos claves de esos grupos de izquierda, es la captura del TC, e igualmente hacerlo cada día más poderoso, lo que están logrando, al extremo de haber pretendido imponerle al Poder Legislativo textos legales (cuya facultad no tiene) como ocurrió precisamente con una de las sentencias relacionadas con la Justicia Militar, que establecía, además, plazos de cumplimiento para el Congreso de la República para modificar la ley vigente en esa oportunidad, y de "rebeldía legislativa" en caso de un supuesto incumplimiento.
Seguramente en relación con este y otros aspectos, es que el último ex Presidente de la Corte Suprema Dr. Francisco Távara Córdova, se refirió en alguna oportunidad a la peligrosa pretensión de concentración del poder por parte del Tribunal Constitucional, que se sentía el "non plus ultra" de la justicia en el Perú, señalando así mismo, que un país puede muy bien conducirse jurídicamente, sin la existencia de dicho colegiado.
La estrategia para destruir o miniaturizar a las FFAA venida de ultramar, y que por cierto no ha sido concebida únicamente para el caso peruano, comienza con la Justicia Militar, tal como viene ocurriendo en la Argentina, en donde la han desaparecido totalmente, con el mismo señalado propósito que en el Perú. Muy sencillo, se dieron cuenta (lo que aquí muchos de los no caviares no terminan de advertir) que impidiendo la aplicación de sanciones en el ámbito militar, no puede existir disciplina, y que sin disciplina no hay FFAA.
Ámbito del CNM
La disciplina ha sido definida en el mundo como "LA COLUMNA VERTEBRAL DE LOS EJÉRCITOS". Por eso, para culminar exitosamente esta estratagema, resulta necesario a este fin, eliminar de manera absoluta a los jueces militares, incluyendo a aquellos que son abogados con grado militar, para ser reemplazados por abogados civiles, que como ocurre en el Poder Judicial, conocen muy poco de la vida y los problema militares, incurriendo por ello en graves errores. Uno de ellos, entre otros muchos, es precisamente CHAVÍN DE HUÁNTAR.
El pretexto que ahora esgrimen estos grupos como razón, para que se declare por el TC la inconstitucionalidad de la ley 29182, es que el nombramiento de los magistrados del mencionado Tribunal Militar Policial, tiene que ser efectuado por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), razonamiento inconsistente que aparece ya, en las sentencias sobre esta materia del TC, y con el que han logrado anteriormente, seducir a algunas organizaciones incluso del Estado, para que actúen en contra de una auténtica Justicia Militar Policial. Este argumento es definitivamente falso, no solo porque la Constitución Política señala de manera clara e indubitable la independencia de la Justicia Militar de los demás órganos que tienen que ver con la administración de justicia en el país, sino porque la propia ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura (Ley 26397, y su modificatoria la ley 28489)) lo señala así, de manera reiterada.
Resulta realmente frustrante y decepcionante ver la forma grosera como estos grupos pretenden tergiversar el texto de la Constitución Política y de las leyes, para dar paso a propósitos ocultos y sagazmente disimulados, pero sin lugar a dudas, orientados a la destrucción de nuestras FFAA.
Sostener que el citado nombramiento de los magistrados del Tribunal Militar Policial, tiene que ser efectuado por el Consejo Nacional de la Magistratura, es actuar conscientemente en contra de su ley Orgánica, ya que esta es meridianamente clara, en que su ámbito está referido únicamente al Poder Judicial y al Ministerio Público.
Si alguna duda pudiera existir, basta con una simple lectura entre otros, de los artículos, 21 Incisos b) y c); Art. 22 Incisos. a) y c); Art. 33; Art. 42 y Sexta Disposición Transitoria y Final. En todos estos numerales, la referencia es exclusiva para el Poder Judicial y el Ministerio Público, y mencionadas de esa manera.
No hay ninguna referencia porque no podría haberla, al Fuero Militar Policial. Fatalmente y a pesar de la siniestra y evidente intención que existe sobre el particular, algunos de nuestros compatriotas no llegan a percatarse que el tema constitucional y jurídico que se viene utilizando es solo un disfraz, y de mala calidad.
(*) Mayor General FAP (r)
http://www.larazon.com.pe/online/indice.asp?tfi=LROpinion01&td=19&tm=01&ta=2009
DR LUIS ROMERO YAHUACHI
MÉDICO SALUBRISTA
POSTGRADO GEOPOLÍTICA Y SEGURIDAD NACIONAL

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¡¡¡ENTRA A MI CORAZÓN Y GANA..

















